Comunicado ANPIFF
Publicación en el BOE del Real decreto 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, cuyos principales puntos son:
• Se eleva a cinco años la duración mínima del contrato de arrendamiento (siete si el arrendador es persona jurídica).
• Se fija en dos mensualidades de renta la cuantía máxima de las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario.
• Si el arrendador pretende un nuevo contrato a la finalización de éste, deberá comunicarlo al menos con cuatro meses de antelación (para la resolución por parte del arrendatario el mínimo es de un mes).